Arbitraje Internacional Orientado a Resultados

La práctica de arbitraje internacional de Sequor Law se centra en aprovechar el arbitraje como herramienta para resolver disputas complejas transfronterizas. Nuestro equipo de abogados con amplia experiencia maneja casos de arbitraje con origen, por ejemplo, en América Central y del Sur, México, Estados Unidos, Canadá y Europa. Utilizamos nuestra red global de contactos y nuestro extenso conocimiento de las doctrinas y leyes específicas del arbitraje internacional para ofrecer un servicio excepcional a los clientes que presentan reclamaciones arbitrales internacionales, sin limitaciones geográficas. Nuestro enfoque incansable y global nos permite litigar con determinación desde las investigaciones iniciales hasta las audiencias finales, los procedimientos de confirmación, la ejecución y la recuperación. Luchamos por superar distracciones, maniobras procesales y obstáculos diseñados para impedir que los demandantes presenten su evidencia de manera oportuna, eficiente y directa ante los árbitros.

A lo largo de los años, hemos gestionado exitosamente numerosas disputas de arbitraje internacional, que van desde incumplimientos contractuales y fraudes hasta interferencia ilícita y disputas de inversión. Nuestra experiencia también abarca disputas entre distribuidores, reclamaciones por incumplimiento del deber fiduciario, conspiración, responsabilidad de terceros, y una amplia gama de otras causas de acción. Si cuentas con una reclamación arbitral sólida pero careces de los recursos para llevarla adelante, podemos aceptar tu caso bajo un esquema de honorarios alternativos, como honorarios contingentes parciales o totales, o podemos conectarte con financiadores de litigios que pueden ayudarte a hacer valer tus derechos.

Sequor Law ha manejado disputas en diversos foros arbitrales, incluyendo la Cámara de Comercio Internacional (CCI), la Asociación Americana de Arbitraje (AAA), el Centro Internacional de Resolución de Disputas de la AAA (ICDR), el Tribunal de Arbitraje Internacional de Londres (LCIA), el Centro Internacional para el Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones (CIADI), y la Autoridad Reguladora de la Industria Financiera (FINRA), entre otros. Nuestro equipo también cuenta con amplia experiencia en otras formas de arbitraje institucional y ad hoc.

Nuestra firma se enorgullece de contar con cuatro socios —Edward H. Davis Jr., Gregory S. Grossman, Arnoldo B. Lacayo y Leyza Florin Blanco— certificados por el Colegio de Abogados de Florida en litigio y arbitraje internacional, más que cualquier otra firma en el estado. Muchos de nuestros abogados son bilingües o trilingües, y todos poseen una comprensión matizada de los principios legales internacionales gracias a nuestra amplia competencia lingüística y cultural. Esta ventaja única permite a nuestro equipo brindar asesoría estratégica a clientes sobre asuntos específicos de cada región, los cuales con frecuencia requieren sensibilidad hacia las relaciones públicas, consideraciones políticas y cuestiones culturales locales.

Casos Representativos

Haz clic en el signo “+” para expandir y ver nuestros casos representativos:

  • Asesor legal de un propietario del 50% de una empresa de telecomunicaciones en Guatemala en una disputa multimillonaria entre accionistas que involucró cuestiones de ejecución de deuda y valoración de acciones. El caso fue resuelto por un árbitro único conforme a las reglas del ICDR de la Asociación Americana de Arbitraje (AAA). El asunto también incluyó una orden judicial que prohibía arbitrar contra partes no firmantes y la búsqueda de recursos judiciales posteriores al laudo para obtener medidas no monetarias.
  • Asesor legal de un operador de crucero con casino de apuestas en disputa multimillonaria contra el propietario-arrendador del barco, involucrando temas de incumplimiento de contrato de arrendamiento, frustración del objeto del contrato e interferencia ilícita contractual. El arbitraje fue conducido por un panel de tres árbitros seleccionados por las partes bajo términos y condiciones Ad Hoc. El caso también incluyó una disputa judicial sobre el foro arbitral identificado contractualmente, alegando parcialidad institucional del foro nombrado.

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